🔴🔵 Cicpc de Guárico detiene a preso político excarcelado hace dos semanas del Rodeo II

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Pedro Domingo Díaz Diaz salió de la cárcel del Rodeo II, ubicada en el estado Miranda, el 21 de mayo pasado, luego de que le otorgaron una medida humanitaria porque padece de cáncer (un carcinoma de amígdala izquierda). Llevaba cuatro años preso sin juicio.

De vuelta a su hogar en Altagracia de Orituco, estado Guárico, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) lo detuvieron este sábado 6 de junio cuando se encontraba en la plaza Bolívar del pueblo. Aunque él les mostró su boleta de excarcelación, los uniformados hicieron caso omiso y alegaron que en el sistema figura una orden de captura en su contra. 

Su excarcelación había ocurrió un par de días después de que el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, anunció que liberarían a más de 300 privados de libertad por cumplir con criterios específicos de vulnerabilidad como personas menores de edad, mayores de 70 años, mujeres embarazadas o en período de lactancia y personas con patologías de salud.

Operación Trueno

A Díaz lo detuvieron por primera vez en Guárico el 21 de abril del 2022 en el contexto de la Operación Trueno, un despliegue de las fuerzas de seguridad del Estado que buscaba desarticular a la banda criminal Tren del Llano. Para entonces, él trabajaba como transportista cubriendo la ruta Altagracia de Orituco-San Juan de los Morros.

“Se le relacionó de manera injusta con esa banda”, dijo el abogado Ezequiel Monsalve, de la ONG Defiende Venezuela, que asiste a su familia ante la justicia internacional porque en el país nunca le permitieron una defensa privada.  

Durante estos últimos cuatro años, Diaz estuvo recluido en tres centros de detención distintos: En La Yaguara, San Agustín del Sur y el Rodeo II. Monsalve destacó que en su caso correspondía el decaimiento de la medida privativa de libertad que establece el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, al haber duplicado el límite máximo de dos años que la ley establece para la prisión preventiva sin condena. 

Afectaciones de salud

El abogado denunció que durante su tiempo en prisión el transportista fue víctima de torturas para que confesara los delitos de lo que lo acusaban e incriminara a otras personas. Además, en la cárcel sufrió una septicemia de origen renal y tuvo que ser operado. En esa cirugía le colocaron un catéter doble J que al no ser retirado se calcificó y ha sido fuente de infecciones constantes. Actualmente necesita un procedimiento urgente para retirar el catéter y así poder recibir el tratamiento contra el cáncer. 

Funcionarios del Cicpc le dijeron a la familia de Diaz que lo trasladarán a San Juan de los Morros para ponerlo a la orden de un tribunal. “Esto es una práctica policial muy perjudicial. Hay un desconocimiento expreso de la orden de un tribunal que refleja cómo el andamiaje administrativo entre tribunal y fuerzas de seguridad no está conectado”, dijo Monsalve. 

Lo correcto, agregó, es que la situación pudo resolverse con una llamada al fiscal de la causa que solicitó su medida cautelar sustitutiva de libertad o llamar al tribunal de guardia en Caracas para que revisara la validez de la boleta de excarcelación. 

Mientras estuvo privado de libertad, Pedro Domingo Díaz Diaz fue beneficiario de dos medidas internacionales: la opinión número 38/2024 del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU y una medida cautelar por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). 

LO ROJO Y AZUL – CNP 25.973

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