Caracas.- Venezuela comparece este lunes 4 de mayo ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), con sede en La Haya, Países Bajos. La delegación diplomática, encabezada por Samuel Moncada en su condición de agente y coagente, presentará los elementos probatorios en la fase de alegaciones orales de la reclamación por el territorio Esequibo, documentos que, según el abogado Abraham Gómez, miembro de la Academia Venezolana de la Lengua y asesor de la Fundación Venezuela Esequiba, contienen los soportes necesarios para defender los 159.500 kilómetros cuadrados en disputa.
“Tenemos cómo mostrar y demostrar la legitimidad y la legalidad de la contención que llevamos adelante procesalmente en ese alto tribunal”, afirmó el especialista sobre la extensión territorial que, según dijo, pertenece al Venezuela desde el punto de vista histórico, jurídico y cartográfico.
La etapa actual de la disputa corresponde a la presentación de argumentos de forma verbal ante los jueces. Venezuela admitió el juicio tras la entrega del memorial de contestación de la demanda el pasado 8 de abril de 2024. En esta oportunidad, la misión diplomática llevará a la Corte los alegatos fundamentales del caso.
Documentos que sustentan la defensa venezolana
En conversación telefónica con El Pitazo, Gómez detalló que el sustento de la defensa venezolana descansa en cuatro documentos clave y cartografía histórica que el país resguarda en el Archivo Histórico de la Nación. El primero es la Real Cédula de Carlos III de 1777, que creó la Capitanía General de Venezuela y definió la provincia de Guayana hasta la mitad del río Esequibo. En ese momento, el territorio nacional quedó integrado por las provincias de Maracaibo, Caracas, Nueva Andalucía, Margarita, Trinidad y Guayana.
El segundo documento es el Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela, firmado el 30 de marzo de 1845. Este texto oficializa el reconocimiento de la independencia por parte de España y ratifica que la extensión territorial del país llega hasta el margen del río Esequibo.
A estos se suma el Acuerdo de Estatus Quo de 1850 con el Reino Unido, el cual estipulaba no alterar las condiciones del territorio hasta una verificación definitiva de pertenencia. Finalmente, el abogado menciona el Acuerdo de Repartición de Cuencas con Brasil de 1859, donde esa nación reconoció las cuencas del Orinoco y del Esequibo como venezolanas. La defensa también incluye mapas de 1755 elaborados por el cartógrafo Juan de la Cruz Cano y Olmedilla.
Comisión debe verificar los documentos
Tras la comparecencia de Venezuela este lunes, la Corte citó a la delegación de Guyana para el próximo 11 de mayo. En esa fecha, el país vecino presentará su respuesta, donde Gómez prevé que insistan en la validez del Laudo Arbitral de París de 1899, un documento que Venezuela considera nulo tras la firma del Acuerdo de Ginebra en 1966.
Un paso crucial en las próximas semanas será el nombramiento de una comisión por parte de la CIJ. Este grupo de expertos viajaría a Venezuela para realizar una verificación de los documentos. El objetivo de este procedimiento jurídico es comparar y contrastar la autenticidad de las réplicas entregadas en La Haya con los manuscritos originales que permanecen bajo custodia en el Archivo Histórico de la Nación.
Superada esta verificación, el proceso entra en un trayecto preconclusivo. Si los jueces necesitan auscultar o explorar detalles pendientes, llaman a las partes para que consigan información adicional. Una vez que termina esta fase, el tribunal se toma unos meses para examinar todo el material entregado por ambos países antes de dictar una sentencia firme.
Las cinco alternativas de la Corte
La sentencia de la CIJ, amparada en el artículo 60 de su estatuto, es inapelable y de ejecución inmediata. No existen recursos de revisión ni instancias de apelación posteriores. El fallo puede ejecutarse por vía pacífica o a través del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
El abogado Abraham Gómez detalla que la Corte maneja un abanico de opciones para decidir el futuro del Esequibo:
Una opción que contempla Gómez es el reenvío del caso al Secretario General de la ONU, para que se busque una solución bajo el Acuerdo de Ginebra de 1966, lo que implica negociación directa, mediación o conciliación.
Otra solución que podría plantear el juez es la negociación directa, al ordenar que ambas naciones se sienten a decidir la repartición de la extensión territorial. La Corte también podría decidir a favor de una parte.
Un cuarto escenario que plantea el experto es el Ex aequo et bono (cosoberanía), basada en el artículo 38 del Estatuto de la Corte, que buscaría un reparto equitativo. Explicó que se podría establecer una «cosoberanía» o soberanía conjunta sobre el territorio y sus recursos naturales, como el modelo aplicado en la Isla de los Faisanes (Francia y España), el Lago de Fonseca y el Golfo de Constanza. Bajo esta figura, los beneficios de la explotación petrolera, maderera y minera se reparten por mitad entre ambos Estados.
Una última opción que plantea Gómez es la “ucronía”. Esta alternativa implica reponer el caso al estado en que se encontraba en 1899, cuando se produjo el despojo del territorio sin la presencia de Venezuela. La Corte decidiría entonces en justo derecho con la participación activa del Estado venezolano.
Gómez destaca que, si la Corte ordena una negociación bajo la intermediación de la ONU, las delegaciones diplomáticas fijan los plazos de solución. En ese escenario, los jefes de Estado nombran comisiones para buscar acuerdos en Georgetown o Caracas. El proceso actual apunta a que este mismo año exista una sentencia definitiva que ponga fin a la disputa territorial.
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