🔴🔵 Alejandra Romero Castillo, el rostro de la justicia represiva venezolana

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En los expedientes que pasan por el Tribunal Tercero de Juicio con competencia en delitos asociados al terrorismo se acumulan historias de desapariciones forzadas, audiencias telemáticas desde centros de detención, defensores públicos impuestos y juicios que se reinician como si el tiempo de los presos políticos no tuviera valor. En definitiva, múltiples ilegalidades para la Constitución de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal.

Desde hace dos años, el nombre que firma buena parte de esas decisiones es el de una jueza nacida en 1993, con una carrera pública documentada a retazos. Su nombre es Alejandra Verónica Romero Castillo. La documentación abierta disponible sobre ella es llamativamente escasa para alguien que trabaja en uno de los despachos más sensibles de la justicia penal venezolana. Un registro del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales que la ubica en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura desde diciembre de 2014, menciones sueltas en cuentas del Tribunal Supremo de Justicia como titular del Tribunal Vigésimo Noveno de Juicio de Caracas en 2023 y el rastro reciente de sus actuaciones en la jurisdicción “antiterrorista”. Entre esos puntos hay una zona de sombra porque no se ha localizado en fuentes públicas accesibles una resolución de nombramiento que explique cómo pasó de un tribunal ordinario a encabezar uno de los epicentros de la persecución penal contra la disidencia.

Su trayectoria no puede leerse en términos puramente individuales. Romero Castillo opera dentro de un subsistema especial de tribunales con competencia en terrorismo creado por resolución administrativa del TSJ, cuestionado por su falta de base legal expresa y señalado por organismos internacionales como engranaje de un aparato de “terrorismo de Estado” que utiliza el derecho penal como herramienta de control político. En esa arquitectura, su figura sirve de hilo conductor para narrar la degradación de la justicia venezolana, pues se trata de una carrera sin transparencia, decisiones de alto impacto político y una jurisdicción excepcional convertida en rutina punitiva contra opositores, activistas y familiares de dirigentes.

Una biografía en penumbras

El perfil más difundido la identifica como Alejandra Verónica Romero Castillo, nacida el 3 de enero de 1993 y egresada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, aunque la fecha exacta de su graduación no aparece especificada en registros públicos abiertos. El dosier aportado por fuentes documentales la vincula además a la comunidad de exalumnos de la UCV a través de un boletín electoral preliminar de 2024, un indicio indirecto que refuerza, pero no sustituye, la ausencia de un currículo oficial comprobable.

La huella documental más antigua de su trayectoria laboral es una ficha del IVSS que la sitúa en la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a partir del 16 de diciembre de 2014, cuando apenas tenía 21 años, lo que sugiere un ingreso temprano a la administración judicial sin que se conozcan concursos de oposición o mecanismos de selección transparentes. Años más tarde, dos cuentas del TSJ de octubre y noviembre de 2023 la identifican como jueza del Tribunal Vigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, confirmando que hasta entonces ejercía en un tribunal ordinario de juicio.

Lo que falta es tan elocuente como lo que existe. No se ha podido localizar una resolución de designación como titular del Tribunal Tercero de Juicio con competencia en terrorismo, ni un repositorio accesible de sentencias firmadas por ella, ni expedientes disciplinarios públicos a su nombre que permitan seguir su desempeño o eventuales cuestionamientos internos. Tampoco aparece en listas de sanciones individuales conocidas, lo que no despeja las críticas, sino que subraya la opacidad de un sistema donde los ascensos más delicados se deciden lejos del escrutinio ciudadano y sin credenciales plenamente verificables.

En el plano familiar, registros oficiales consultados ubican a su padre, Jorge Alejandro Romero Castillo, general de brigada de la Aviación Militar Bolivariana. Ha ocupado cargos dentro de la estructura burocrática del chavismo, incluyendo funciones en la UNEFA Aviación Militar y posteriormente responsabilidades en la red aeroportuaria estatal del Táchira, designado mediante Gaceta Oficial del 30 de septiembre de 2024. Para 2026, Jorge Alejandro Romero Castillo aparece en registros oficiales vinculado a la administración aeroportuaria estatal en el estado Táchira, tras haber ocupado anteriormente cargos dentro de la estructura de seguridad de la Aviación Militar Bolivariana.

El ascenso de Alejandra Romero Castillo no puede explicarse únicamente por trayectoria académica o méritos judiciales visibles. Su carrera se desarrolló de forma acelerada dentro del Poder Judicial venezolano, en paralelo a su pertenencia a una familia con conexiones dentro del aparato militar y estatal. No hay evidencia pública de que esa trayectoria explique por sí misma el ascenso de su hija, pero en un sistema donde los nombramientos dependen de lealtades políticas y redes de confianza, el entorno pesa y alimenta las sospechas sobre una carrera construida más por afinidades que por méritos verificables.

El laboratorio del “terrorismo” judicial

El despacho que hoy se asocia a Romero Castillo no es un tribunal cualquiera, sino parte de una jurisdicción especial de terrorismo creada en 2012 por la Sala Plena del TSJ y ampliada en 2015 para incluir juzgados de control, tribunales de juicio con jurisdicción nacional y salas especiales de apelación. Organizaciones como Acceso a la Justicia han subrayado que ni esa resolución ni la ley orgánica en materia de delincuencia organizada establecen de forma expresa una jurisdicción especial en los términos en que hoy funciona, de modo que su fundamento descansa más en actos administrativos que en una ley orgánica aprobada por el Parlamento.

A esa debilidad de origen se suma una centralización extrema. Las personas detenidas en distintos estados del país son presentadas por vía telemática ante jueces con competencia en terrorismo en Caracas, lo que dificulta el acceso de familiares al expediente, favorece la imposición de defensores públicos y aleja los procesos de sus contextos naturales. WOLA, Foro Penal y otras organizaciones han documentado que este esquema ha derivado en audiencias celebradas desde centros de detención, con defensas impuestas y expedientes reservados, consolidando en la práctica un circuito punitivo que opera por fuera de los estándares básicos del debido proceso.

En julio de 2023 se produjo el movimiento que colocó a Romero Castillo en el corazón de ese engranaje. Según denuncias de organizaciones de derechos humanos y trabajos periodísticos, el TSJ revocó la competencia en terrorismo del antiguo Tribunal Tercero de Juicio y la trasladó al Tribunal 29 de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, entonces a su cargo, con el efecto inmediato de reiniciar los juicios de más de cuarenta presos políticos. La decisión, adoptada sin una publicación oficial clara, dejó a decenas de acusados —algunos con enfermedades graves— frente a un calendario judicial que volvía a comenzar desde cero, como si los años previos de prisión preventiva no hubieran existido.

El expediente de Rocío San Miguel

Entre los casos que marcaron el salto de Romero Castillo a la escena internacional está el de Rocío San Miguel, abogada y activista reconocida defensora de derechos humanos, detenida el 9 de febrero de 2024 bajo cargos de traición a la patria, conspiración, terrorismo y asociación para delinquir, entre otros. Su detención estuvo precedida por un periodo de desaparición forzada, incomunicación y opacidad sobre su paradero, denunciado por organizaciones nacionales e internacionales.

El proceso fue asignado al circuito de tribunales con competencia en terrorismo y, de acuerdo con pronunciamientos públicos, WOLA se dirigió directamente a la jueza Alejandra Romero Castillo para solicitar una medida sustitutiva de libertad por razones humanitarias, advirtiendo que el expediente estaba marcado por “irregularidades” y ausencia de garantías al debido proceso. Las audiencias clave se dilataron, mientras se multiplicaban las alertas sobre su salud y la insuficiencia de la atención médica recibida en custodia estatal.

En términos políticos, el mensaje era inequívoco: el tribunal especial de terrorismo no solo procesaba a figuras de la dirigencia partidista, sino también a quienes habían dedicado su carrera a documentar violaciones de derechos humanos. En términos judiciales, el caso exhibía el uso extensivo de tipos penales como terrorismo y conspiración en escenarios donde la información disponible no mostraba actos de violencia masiva, sino un patrón de criminalización de la crítica al poder.

Luis Guillermo Istúriz y la pedagogía del castigo

Otros dos casos emblemáticos forman parte del catálogo del terror atribuido a Romero Castillo: el de Rafael Tudares Bracho, abogado venezolano conocido por ser el yerno del líder opositor y presidente electo reconocido por la oposición, Edmundo González Urrutia; y el de Luis Guillermo Istúriz, abogado, activista de derechos humanos y dirigente político venezolano, miembro del partido de oposición Vente Venezuela. Ambos fueron sometidos a un proceso bajo cargos de terrorismo y conspiración en un contexto atravesado por la persecución contra entornos familiares de la dirigencia opositora, según reseñas periodísticas y pronunciamientos de la Plataforma Unitaria.

Tudares fue condenado a 30 años de prisión por la propia Romero Castillo, luego de once meses de desaparición forzada, e Istúriz a 20 años tras una audiencia maratónica celebrada en diciembre de 2025. La decisión fue descrita como “inconstitucional y aberrante” por voceros opositores, mientras organizaciones de derechos humanos hablaban de un juicio exprés sin presentación de pruebas sólidas y con el expediente bajo reserva, todo ello bajo la conducción de un tribunal especial cuya titular era señalada en las crónicas como la jueza Romero Castillo.

Estos fallos cumplieron una doble función. Por un lado, consolidaron la práctica de imponer penas máximas en procesos rodeados de irregularidades, reforzando la idea de que el sistema penal podía extender el castigo más allá de los actores políticos centrales hasta alcanzar a sus familiares y entornos cercanos. Por otro, contribuyeron a instalar la percepción de que el Tribunal Tercero de Juicio en materia de terrorismo se había convertido en un espacio donde las garantías constitucionales se subordinan a la necesidad de enviar una advertencia ejemplarizante al resto de la sociedad.

Cinco condenas por el complot contra la Asamblea Nacional

Otros casos emblemáticos son los de Argenis Ugueto, Rigoberto Moreno, Darío Estrada, Robert Franco y Julio Sánchez, acusados por un supuesto complot para atentar contra la instalación de la Asamblea Nacional elegida en 2020. Tras detenciones que se remontan a 2020 y un proceso prolongado, el Tribunal Tercero de Juicio impuso en agosto de 2024 penas de 30 años de prisión, en un fallo asociado públicamente a la conducción de Romero Castillo.

La relevancia del expediente se amplificó cuando, el 10 de diciembre de 2025, la Sala Penal del TSJ confirmó íntegramente las condenas, cerrando la puerta a cualquier revisión interna sobre la proporcionalidad de las penas o la calidad de la prueba. Esa convalidación desde la cúspide del poder judicial refuerza la lectura de que las decisiones del tribunal especial de terrorismo no son desviaciones aisladas, sino parte de un circuito institucional donde jueces de instancia, cortes de apelaciones y Sala Penal actúan en sintonía con los intereses del Ejecutivo.

Las organizaciones de derechos humanos y los familiares de los condenados han insistido en el carácter político del proceso, en la prolongación indebida de la prisión preventiva y en la ausencia de pruebas robustas que vinculen a los acusados con un plan de violencia real. El resultado final —penas máximas confirmadas por el TSJ— ilustra cómo la etiqueta de terrorismo sirve para blindar decisiones que, en otra jurisdicción, encontrarían serios cuestionamientos jurídicos y políticos.

Del “terrorismo” a la corrupción: el caso Pdvsa-Cripto

En 2026, el nombre de Romero Castillo comenzó a aparecer también en reseñas sobre las audiencias del macrojuicio por la trama de Pdvsa-Cripto, uno de los mayores escándalos de corrupción señalado por el gobierno de Nicolás Maduro. Diversos trabajos situaron a un “Tribunal Especial Tercero de Juicio con competencia en Terrorismo y Corrupción” conducido por ella, aunque persisten discrepancias sobre si se trata formalmente de un tribunal de juicio o de control en materia de terrorismo y corrupción.

Esa acumulación de materias, no respaldada por una norma habilitante claramente accesible, sugiere un nuevo estiramiento del marco original que creó la jurisdicción antiterrorista, ahora utilizada para procesar una causa donde se cruzan intereses económicos, pugnas internas y la necesidad del poder de exhibir una narrativa de lucha contra la corrupción. Al mismo tiempo, el acceso público a los expedientes ha sido limitado y persisten dudas sobre la representación efectiva de los acusados, en línea con el patrón ya observado en casos políticos.

La presencia de Romero Castillo al frente de audiencias tan sensibles refuerza su perfil como jueza de confianza para causas de alto riesgo político, en un entorno donde la justicia ordinaria cede terreno ante tribunales especiales con competencias crecientes y fundamentos legales opacos. Así, el tribunal se convierte tanto en una herramienta de persecución de opositores como en escenario de la reconfiguración interna del poder en torno a la renta petrolera y la corrupción estatal.

Un engranaje en una justicia sin independencia

Las actuaciones atribuidas a Romero Castillo encajan en el diagnóstico de los organismos internacionales sobre el sistema judicial venezolano. La Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU concluyó que las violaciones reiteradas del debido proceso revelan un poder judicial sin independencia y señaló que el proceso de nombramiento de jueces no se ajusta a la ley, apuntando a una estructura diseñada para garantizar lealtades antes que imparcialidad.

En informes recientes se han documentado múltiples violaciones del debido proceso en procedimientos ante tribunales con competencia en terrorismo, entre ellas el uso de detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas de corta duración, incomunicación, audiencias sin defensa adecuada y manipulación de la jurisdicción para dificultar el acceso a la justicia. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha descrito prácticas de “terrorismo de Estado”, mientras Amnistía Internacional y Human Rights Watch sostienen que los poderes públicos actúan coordinadamente para perseguir y castigar severamente la disidencia mediante tipos penales como terrorismo, traición a la patria y asociación para delinquir.

En el ámbito interno, Provea y otras organizaciones venezolanas han denunciado la generalización de desapariciones forzadas breves, la imposición de defensores públicos y la obstrucción sistemática del derecho a la defensa en expedientes tramitados en la jurisdicción especial de terrorismo. Un caso paradigmático es el del defensor de derechos humanos Eduardo Torres, donde se denunciaron “constantes violaciones al debido proceso y derecho a la defensa” por parte del Tribunal Especial Tercero contra Terrorismo, confirmando que el problema no se limita a un asunto de nombres propios, sino a una maquinaria que ha hecho de la excepción penal una rutina.

La Comisión Internacional de Juristas ha hablado de corrupción rampante ligada al funcionamiento del sistema de justicia y ha advertido que en Venezuela muchos jueces recientes han sido nombrados principalmente por su lealtad, lo que convierte la toga en una extensión de la voluntad del poder político. Desde esa perspectiva, la figura de Romero Castillo encarna una forma de corrupción institucional: no necesariamente el cohecho individual probado en tribunales, sino la desviación estructural de la función jurisdiccional hacia un esquema de lealtades opacas, competencias extraordinarias y decisiones que reiteradamente favorecen la estrategia represiva del Estado.

Si se mira en conjunto, la biografía pública de Alejandra Romero Castillo es menos la historia de una carrera judicial que la radiografía de una época. Una jueza que llega a la administración de justicia con poco más de 20 años, cuyo expediente profesional abierto se reduce a una ficha de seguridad social y a menciones escuetas en documentos oficiales, y que termina al frente de un tribunal especial encargado de juzgar a opositores, defensores de derechos humanos y protagonistas de un megacaso de corrupción.

Su nombre aparece allí donde la justicia venezolana exhibe sus rasgos más preocupantes: en el “enroque” de 2023 que reinició juicios de más de cuarenta presos políticos; en el caso de una activista como Rocío San Miguel, sometida a un proceso plagado de irregularidades y diferimientos; en las condenas máximas contra Rafael Tudares y Luis Guillermo Istúriz, con antecedentes de desaparición forzada y juicio exprés; en las penas ratificadas por el TSJ contra cinco acusados de complot contra la Asamblea; y, más recientemente, en las audiencias del caso Pdvsa-Cripto.

Nada de eso puede entenderse como el resultado exclusivo de una voluntad individual. Romero Castillo es, más bien, el punto visible de una cadena de decisiones políticas, nombramientos opacos y reformas administrativas que han construido una jurisdicción de excepción sin base legal sólida, utilizada para castigar la disidencia y administrar la impunidad selectiva. En esa cadena, la jueza representa a una generación de operadores judiciales que crecieron profesionalmente en un contexto donde el mérito, la independencia y la responsabilidad pública fueron desplazados por la lealtad, la obediencia y la opacidad.

LO ROJO Y AZUL – CNP 25.973

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