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📜 ¿Qué dicta la Constitución sobre la falta absoluta? EE. UU. sugiere elecciones en 6 meses, pero la norma venezolana marca otro plazo 🇻🇪

El artículo 233 de la Carta Magna de Venezuela define el procedimiento a seguir ante una falta absoluta del Presidente de la República, incluyendo el plazo para convocar elecciones

📜 ¿Qué dicta la Constitución sobre la falta absoluta? EE. UU. sugiere elecciones en 6 meses, pero la norma venezolana marca otro plazo 🇻🇪
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El artículo 233 de la Constitución de Venezuela define los plazos para convocar elecciones tras una falta absoluta en la Presidencia de la República. Contrario a lo señalado por el Departamento de Estado de Estados Unidos, el texto constitucional no establece un lapso de seis meses para este proceso.

¿Qué dice el artículo 233? La norma constitucional regula las condiciones y los tiempos para llenar la vacante en el cargo presidencial, pero no coincide con la propuesta presentada por las autoridades estadounidenses.

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Autor Dixio Carrizo 27/10/2026 · 6501 vistas

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