La Comisión Permanente del Congreso de Perú aprobó este jueves, en segunda y definitiva votación, un proyecto de ley que incorpora el delito de lesa humanidad en el código penal peruano, a pesar de la polémica generada por establecer restricciones a su aplicación a diferencia de las normas internacionales.
La sesión parlamentaria se llevó a cabo a pocos días de que el actual Legislativo unicameral cese formalmente en sus funciones.
La decisión fue tomada con 14 votos a favor de los integrantes de la Comisión Permanente, que cumplen las funciones del pleno ante el inminente término de funciones del actual Congreso unicameral, que a fines de este mes será reemplazado por las cámaras de senadores y diputados electas durante los comicios generales del pasado 12 de abril.
El proyecto fue presentado por el presidente interino del Congreso, el fujimorista Fernando Rospigliosi, y tras ser aprobado el pasado 12 de mayo por la Comisión de Constitución, recibió el aval en primera votación del pleno del Legislativo el pasado 23 de junio.
Modificaciones al Código Penal y argumentación oficial
Según informó el Congreso este jueves, incorpora un nuevo capítulo al Código Penal para establecer “que serán considerados delitos de lesa humanidad aquellos actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil, con conocimiento e intención por parte del autor”.
Entre los delitos comprendidos, añadió, se encuentran el homicidio calificado, la trata de personas, el secuestro, la violación sexual, la desaparición forzada y la tortura.
El texto precisó “los elementos constitutivos del delito”, al definir los conceptos de “ataque generalizado o sistemático, población civil y el conocimiento del agente”, y establece sanciones que van desde 30 años de prisión hasta cadena perpetua.
Durante la sustentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, el fujimorista Arturo Alegría, aseguró que responde “a los compromisos internacionales” asumidos por Perú tras la ratificación del Estatuto de Roma y atiende a una exhortación del Tribunal Constitucional (TC) para que se incorpore este tipo penal en la legislación nacional.
Por su parte, Rospigliosi, quien ha sido elegido senador para el siguiente período legislativo, defendió la iniciativa frente a lo que considera sesgos en la administración de justicia.
“La mafia caviar que domina el sistema judicial no podrá abusar ilegalmente de ese concepto para perseguir injustamente a militares y policías que derrotaron al terrorismo, y a los que hoy luchan contra delincuentes, narcotraficantes y el crimen organizado”, sostuvo Fernando Rospigliosi.
Oposición política y denuncias de impunidad
Pese al respaldo de las bancadas mayoritarias, la votación desató críticas inmediatas en los sectores de oposición y en los colectivos de defensa de los derechos humanos.
La legisladora de izquierda Ruth Luque manifestó su rechazo y afirmó que la norma “desconfigura por completo el delito de lesa humanidad”.
A través de sus canales digitales, Luque remarcó que “el fujimorismo y sus aliados de este Congreso ratifican su desprecio por las víctimas y los derechos humanos”, considerando que las autoridades del Ejecutivo “deben observar esta ley”.
En esa misma línea, las organizaciones no gubernamentales alertaron sobre las consecuencias jurídicas de la iniciativa de cara a los procesos pendientes por violaciones a las garantías fundamentales ocurridas en décadas pasadas.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos señaló, por su parte, que la aprobación de esta ley “representa un grave retroceso para el acceso a la justicia de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos” y también instó al gobierno interino de José María Balcázar a observarla.
“Al restringir su aplicación en casos de desaparición forzada, tortura y secuestro, la norma vulnera las obligaciones internacionales asumida por el Estado peruano y favorece la impunidad frente a crímenes que, por su naturaleza, son imprescriptible”, enfatizó la organización.
Tras recibir la sanción definitiva de la Comisión Permanente del Congreso, el texto de la ley será remitido formalmente al Palacio de gobierno, donde el Ejecutivo dispondrá de los plazos legales correspondientes para su promulgación o devolución con observaciones.
LO ROJO Y AZUL – CNP 25.973